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Normativa · Actualizado el 9 de septiembre de 2026 · 9 min

Ley 11/2023: qué obliga, a quién y desde cuándo

Desde el 28 de junio de 2025 la accesibilidad digital dejó de ser cosa solo de las administraciones. La Ley 11/2023 alcanza a buena parte del sector privado, y mucha empresa todavía no sabe que le aplica.

Comparación entre el Real Decreto 1112/2018 del sector público y la Ley 11/2023 del sector privado
Antes de seguir

Esto es una guía divulgativa escrita por un desarrollador, no asesoramiento jurídico. Sirve para entender el terreno y saber qué preguntar. Si tu caso concreto está en la frontera, contrástalo con un abogado.

Qué es la Ley 11/2023

Es la norma española que traspone la Directiva (UE) 2019/882, conocida como European Accessibility Act o Acta Europea de Accesibilidad. Su Título I, que es el que regula los requisitos de accesibilidad de productos y servicios, es aplicable desde el 28 de junio de 2025.

El cambio de fondo es de alcance. Hasta entonces, la obligación legal de accesibilidad digital en España recaía sobre el sector público a través del Real Decreto 1112/2018. La Ley 11/2023 extiende esa exigencia a empresas privadas de una lista concreta de sectores.

A qué empresas alcanza

No obliga a todas las empresas con página web. Se dirige a productos y servicios de sectores determinados, entre ellos:

  • Comercio electrónico. Es el grupo más amplio y el que más gente pasa por alto: cualquier servicio que permita a un consumidor cerrar una compra en línea.
  • Servicios bancarios para consumidores.
  • Transporte de viajeros por aire, autobús, ferrocarril y barco, incluidos sus sitios web, aplicaciones, billetes electrónicos y sistemas de información.
  • Servicios de comunicaciones electrónicas, es decir telefonía y conectividad.
  • Libros electrónicos y su software de lectura.
  • Servicios de acceso a medios audiovisuales.

Junto a los servicios hay una lista de productos: ordenadores, teléfonos, cajeros, terminales de pago, lectores de libros electrónicos y equipos similares.

La confusión más común

Mucha empresa asume que «no vendo online, así que no me aplica». Conviene mirarlo con calma: si tienes reserva y pago en tu web, estás prestando un servicio de comercio electrónico aunque tu negocio principal sea un hotel, una clínica o una academia.

Quién queda fuera

La exención más relevante es la de las microempresas que prestan servicios: menos de diez trabajadores y un volumen de negocio anual o un balance general anual que no supere los dos millones de euros. Quedan liberadas de parte de los requisitos.

Ojo con dos matices. El primero, que la exención se refiere a quien presta servicios: los fabricantes de los productos de la lista no tienen ese mismo margen. El segundo, que ser microempresa hoy no significa serlo siempre; el día que se cruza el umbral, la obligación entra.

La transitoria hasta 2030

La ley prevé un periodo de adaptación: los prestadores pueden seguir prestando sus servicios con los productos que ya venían utilizando legalmente antes del 28 de junio de 2025 hasta el 28 de junio de 2030.

Es una transitoria pensada para no tirar infraestructura que ya estaba en funcionamiento, no una prórroga general de cinco años para todo el mundo. Interpretarla como «tengo hasta 2030 para hacer la web accesible» es justo el tipo de lectura que conviene contrastar antes de apoyarse en ella.

Qué significa «accesible» en la práctica

La referencia técnica es la norma UNE-EN 301549, que en su parte web se apoya en las pautas WCAG 2.1 en nivel AA. En plata, y sin agotar la lista:

  • Contraste suficiente entre texto y fondo.
  • Todo lo que se puede hacer con el ratón se puede hacer con el teclado.
  • Las imágenes con información tienen alternativa textual.
  • Los campos de formulario tienen etiqueta asociada y los errores se explican.
  • La estructura de encabezados es real y ordenada, no un efecto visual.
  • El foco del teclado se ve siempre.
  • Los vídeos con voz llevan subtítulos.

Si quieres una primera lectura de tu web sin pedir nada a nadie, tengo publicado un analizador de accesibilidad gratuito que comprueba los criterios detectables en el HTML. La parte manual —teclado, lector de pantalla, orden de foco— no la cubre ninguna herramienta automática, ni la mía ni las de pago.

Qué pasa si no se cumple

Hay régimen sancionador, con multas que en los tramos más graves pueden alcanzar el millón de euros. Dicho esto, el argumento de la multa no suele ser el bueno: lo que de verdad pesa es que una parte de tus clientes no puede terminar una compra, y eso ya te está costando dinero hoy sin que aparezca en ningún informe.

Por dónde empezar

  1. Determina si te aplica y bajo qué norma. La guía sobre cuál de las dos te corresponde lo desglosa.
  2. Haz un barrido automático para saber si el problema es pequeño o grande.
  3. Audita en serio lo que la herramienta no ve, que es la mayor parte.
  4. Prioriza por impacto: primero lo que impide completar una tarea, después lo cosmético.
  5. Documenta. En el sector público la declaración de accesibilidad es obligatoria; en el privado, tener el análisis fechado te sirve para demostrar diligencia.
¿Quieres saber si tu web cumple?

Pásale el analizador gratuito y, si el resultado no te gusta, cuéntame el caso. Te digo qué alcance tiene el problema antes de presupuestar nada.

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